El Consejo General de Economistas Reaf-Regaf ha elaborado una guía de las deducciones sobre la cuota autonómica del IRPF que llevan a cabo las comunidades autónomas. Un documento publicado en el periódico Expansión el pasado 28 de marzo y que pone a disposición de sus lectores las deducciones fiscales que pueden aplicarse en la Campaña de Renta 2025.

Nos vamos a centrar en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en sus contribuyentes para ver, además, a modo de resumen todas aquellas deducciones que pueden afectar a nuestra declaración de la renta de este año, mínimos personales y familiares, así como el cuadro con la escala autonómica de Andalucía:

Mínimos personales y familiares

En la declaración de la renta (IRPF), el mínimo personal y familiar es la parte de los ingresos que Hacienda considera indispensable para cubrir las necesidades básicas de vida y que, por tanto, no se somete a tributación. A diferencia de otras deducciones que restan directamente de la cuota, estos mínimos se restan de la base imponible para que esa cantidad «tributen a tipo cero».

El mínimo del contribuyente (cantidad base que todo el mundo tiene por el hecho de ser declarante) con carácter general será de 5.790 euros anuales y aumentará en 1.200 euros anuales si se tiene más de 65 años o en 1460 euros anuales adicionales, si la edad es superior a 75 años.

Existen los mínimos por descendientes con cantidades en euros de 2.510, 2.820, 4.170 y 4.700 si se trata del primer descendiente, segundo, tercero, cuarto y siguientes. En todo caso, si el hijo es menor de 3 años, el mínimo se aumenta en 2.920 euros.

Cuando se trata de los mínimos por ascendientes (si se convive con padres o abuelos mayores de 65 años que no superen ciertos ingresos), la base es de 1.200 euros y si el ascendiente es mayor de 75 años, el mínimo se aumentará en 1.460 euros. Y, por último, cuando se trata de mínimos por discapacidad se aplica la base de 3.130 euros cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y 9.390 euros cuando el contribuyente acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%

Deducciones

Las deducciones en la renta son cantidades que la ley permite restar de la cuota líquida o de la base imponible en la declaración de impuestos, lo que disminuye el importe total a pagar a Hacienda. Son beneficios fiscales que reconocen gastos personales para reducir la carga tributaria y que para este año se podrían aplicar los siguientes:

– 6% de las cantidades satisfechas por la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual protegida, cuando el adquirente sea menor de 35 años.

– 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de vivienda habitual.

– 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o en régimen de acogimiento familiar. 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación.

– 600 euros por la adopción internacional.

– 100 euros para los contribuyentes que sean madres o padres de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años.

– 200 euros para los contribuyentes de una familia numerosa general y 400 euros en caso de familia numerosa de categoría especial.

– 15% por gastos educativos.

– 150 euros para los contribuyentes que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%

– 100 euros para los contribuyentes con cónyuges, o parejas de hecho, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%

– 100 euros por asistencia a personas con discapacidad. Cuando las personas con discapacidad precisen ayuda de terceras personas se aplicará una deducción del 20% del importe satisfecho a la Seguridad Sociedad por cuenta del empleador.

– 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado de hogar para el titular o titulares que trabajen, de una familia monoparental o biparental, con hijos.

– 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones y participaciones sociales. La deducción será del 50% en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.

– Hasta 200 euros por la defensa jurídica en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato o reclamación de cantidades.

– 10% de los donativos con finalidad ecológica

– 15% por los gastos asociados al ejercicio físico o a la práctica del deporte.

– 30% por gastos veterinarios derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia.

– 100 euros por cada persona integrante del núcleo familiar del contribuyente que tenga enfermedad celíaca diagnosticada.

Finalmente, para la campaña de la renta de éste año (ejercicio fiscal 2025), desde nuestra gestoría, informamos sobre las distintas deducciones y desgravaciones que reducen la cuota a pagar o aumentan la devolución. Para más información contacta con nosotros en este link.

Más información | EXPANSION

Información Agencia Tributaria | Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2025

Foto | Cuadro (Elaboración propia), Expansión.com, Instituto santalucia

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